
LIMA - Si se comprueba que las empresas telefónicas incurrieron en infracciones en la prestación del servicio en el período posterior al
sismo del 15 de agosto podrían ser multadas hasta con 350 UIT y con la devolución del dinero a los usuarios, afirmó el presidente de OSIPTEL, Guillermo Thornberry Villarán.El funcionario formuló estas precisiones durante su presentación en la sesión conjunta de las Comisiones de Transportes y Comunicaciones y la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, en la cual presentó un informe elaborado por una comisión de alto nivel de su organismo sobre este tema. Dicho informe recomienda el inicio de los procedimientos sancionadores correspondientes a las empresas América Móviles S.A.C (CLARO), Nextel del Perú S.A. y Telefónica Móviles S.A. por existir elementos de juicio suficientes que permiten apreciar que existirían incumplimientos a la obligación de continuidad, condición esencial en los contratos de concesión.
Asimismo, recomienda iniciar el procedimiento sancionador a Telefónica del Perú S.A.A. por haber incumplido con la obligación de comunicar a OSIPTEL la interrupción del servicio producida a causa del
terremoto
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